Autorización de Viaje para Menores

Autorización de Viaje para Menores

Autorización de Viaje para Menores: Requisitos y Aplicación Práctica

El marco legal y la necesidad de autorización para viajes de menores al extranjero

Durante los periodos de mayor movilidad internacional, como el verano, aumentan los desplazamientos de menores al extranjero por vacaciones, estudios o visitas familiares. En muchos casos, surgen dudas sobre los requisitos necesarios cuando los menores no viajan acompañados de sus progenitores. Desde nuestro despacho de abogados de familia en Málaga explicamos cómo tramitar la autorización de viaje y qué aspectos legales conviene tener en cuenta.

La autorización de viaje se regula mediante la Instrucción número 10/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior. Esta instrucción se basa en el Reglamento (CE) 562/2006 (Código de Fronteras Schengen), cuyo anexo VII obliga a que los agentes fronterizos presten especial atención a los menores, viajen acompañados o no.

Los menores españoles deben portar su DNI en vigor para viajar dentro del espacio europeo. Por su parte, los menores extranjeros que residan en España necesitan pasaporte, independientemente de si su situación administrativa es de residencia, estancia o irregularidad.

Ámbito de aplicación y tramitación de la autorización

El permiso resulta obligatorio únicamente cuando el menor viaja fuera del territorio nacional sin la compañía de ninguno de sus progenitores, ya sea acompañado de un tercero, como un familiar o monitor, o incluso solo.

La solicitud puede presentarse en comisarías de Policía Nacional o dependencias de la Guardia Civil, y los formularios se obtienen de manera presencial o por medios electrónicos. El documento debe incluir los datos del menor, de los progenitores, del acompañante y del viaje. La autorización se expide en el mismo momento de la presentación, siendo suficiente la presencia de un solo progenitor.

Documentación exigida y posibles controversias

En la práctica, las oficinas suelen requerir:

  • Pasaporte o DNI del menor

  • DNI del progenitor que presenta la solicitud

  • Formulario oficial de autorización

  • Libro de familia

No obstante, pueden surgir problemas cuando se sustituye el libro de familia por un certificado de nacimiento. Aunque este documento es oficial y contiene firma electrónica y CSV, algunas oficinas no lo aceptan como prueba del vínculo, prefiriendo el libro de familia, que está en proceso de extinción.

Formularios utilizados y conflictos entre cuerpos de seguridad

La Instrucción incluye un modelo de autorización como anexo, pero tanto la Policía Nacional como la Guardia Civil utilizan formularios propios, con pequeñas diferencias formales, como logotipo institucional o campo de identificación del agente.

En ocasiones, la tramitación de un formulario de la Policía Nacional se rechaza en dependencias de la Guardia Civil y viceversa, lo que carece de justificación legal. Este tipo de actuaciones contradice el principio de antiformalismo del procedimiento administrativo y genera barreras innecesarias para los ciudadanos.

Eficacia de la autorización ante resoluciones judiciales

Si existe una resolución judicial que prohíbe la salida del menor del territorio nacional, la autorización administrativa no puede sustituirla, incluso si ambos progenitores firman el documento. En estos casos, es necesario acudir al juzgado que dictó la medida para solicitar su modificación, ya sea de forma temporal o definitiva.

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