¿Quién se queda en casa cuando hay divorcio con hijos mayores?
Cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, el artículo 96 del Código Civil deja de proteger el uso de la vivienda familiar. Aunque los hijos sigan viviendo en la casa o dependan económicamente, la atribución automática en su favor se extingue, por lo que resulta fundamental contar con abogados especializados en divorcios y derecho de familia en Málaga que orienten sobre cómo proceder.
Opciones para Asignar la Vivienda Familiar
Tras la mayoría de edad de los hijos, el uso de la vivienda se regula mediante criterios patrimoniales o de necesidad. Las principales vías son:
Acuerdo entre los cónyuges: Se puede pactar quién usará la vivienda y durante cuánto tiempo.
División de bienes: La vivienda puede adjudicarse a uno de los cónyuges o venderse para repartir el valor entre ambos.
Propiedad exclusiva o copropiedad: Si es privativa, no hay motivo legal para atribuir uso al otro; si es compartida, se puede solicitar venta o división.
Necesidad patrimonial excepcional: Solo se concede si un cónyuge carece de recursos y se demuestra necesidad, nunca por hijos mayores.
Repartición de la Vivienda tras el Divorcio
Cuando los hijos son mayores, la vivienda familiar se distribuye siguiendo criterios patrimoniales:
Venta y reparto del precio: Permite liquidar la propiedad y repartir el importe según la participación.
Adjudicación a uno de los cónyuges: Uno mantiene la vivienda y compensa al otro mediante dinero o bienes.
Extinción del condominio: Permite judicialmente la venta forzosa o adjudicación mediante subasta.
Acuerdo de uso temporal fuera del artículo 96: Se puede pactar un uso limitado por necesidad, sin invocar el interés de los hijos mayores.
Procedimiento para Modificar el Uso
Para modificar la atribución del uso, se presenta una demanda de modificación de medidas basada en un cambio sustancial de circunstancias. La mayoría de edad de los hijos constituye la causa más habitual para extinguir automáticamente el uso en beneficio de los menores. Si persiste el uso de facto, se puede solicitar judicialmente la extinción, la liquidación de bienes o la división de la propiedad, garantizando equilibrio entre el derecho de uso y el derecho de propiedad.

